En las últimas semanas hemos venido informando a todos nuestros clientes, de la importancia del cumplimiento de lo dispuesto por la Ley, en lo que se refiere a los sistemas de grabación y videovigilancia en comercios y comunidades de propietarios.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado a El Corte Inglés con 40.001€, por tener colocadas en dos de sus centros de la capital Gran Canaria, una serie de cámaras orientadas al exterior, con las que además de grabar lo que sucedía en el interior de sus instalaciones, grababa lo que ocurría en sus alrededores.
En este sentido, hemos de señalar que sorprende que una empresa como El Corte Inglés, reincida en este tipo de infracciones, dado que en el año 2.011, ya fue sancionada con 60.100€, por unos hechos semejantes ocurridos en su centro de Málaga.
La situación que ha provocado la sanción, fue denunciada por un particular, en octubre de 2.014, al comprobar que el centro recogía imágenes de vídeo del exterior, una práctica que es ilegal. La investigación iniciada por la AEPD concluyó que esto ocurría con cinco de las 18 cámaras de los edificios, que no solo captaban a transeúntes y vehículos, sino también lo que sucedía en los comercios cercanos.
La resolución del procedimiento sancionador, que se resolvió el pasado 18 de marzo, desestima las alegaciones de la empresa y recuerda que “la instalación de videocámaras en lugares públicos, así como la seguridad pública, es competencia exclusiva de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad«.
El Corte Inglés argumenta que cumple «con el deber de informar mediante la instalación de los correspondientes carteles en las entradas a los establecimientos, lo cual es una forma indirecta de obtener el consentimiento de los peatones ya que todos ven el cartel y si no quisieran prestar su consentimiento, podrían manifestarlo en ese momento», y asegura que ha limitado «a 7 días, no 30 como permite la norma, el plazo por el cual se conservan las imágenes, lo cual demuestra que no tiene ningún interés en tratar las imágenes» o «utilizarlas para ninguna finalidad oscura».
La entidad ha presentado un recurso ante la Audiencia Nacional para evitar la sanción, que es una de las menores previstas por la ley, teniendo en cuenta que las multas por este tipo de irregularidades pueden alcanzar hasta los 300.000€.
Si tienes o piensas tener instalado en tu negocio o comunidad, un sistema de grabación y videovigilancia, podemos aclararte cualquier cuestión al respecto del cumplimento de la normativa, en materia de protección de datos.
Contacta con nosotros a través de nuestra web, o directamente llamando al 637-11-64-12.
Fuente: eldiario.es

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